Un Compromiso con la Excelencia: El Defensor Universitario en la UF3 CEU
La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en su Disposición Adicional Decimocuarta, estableció la figura del Defensor Universitario, cuyo propósito es garantizar el respeto a los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria, frente a las acciones de los diferentes órganos y servicios de la Universidad. Las actuaciones del Defensor Universitario se orientan siempre hacia la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos, basándose en los principios de independencia y autonomía. En este marco legal, la Universidad CEU Fernando III ha implementado y definido esta figura, con el objetivo de fomentar una convivencia cada vez más armoniosa en el seno de su comunidad universitaria.
El Defensor Universitario, cuya misión principal es contribuir al fortalecimiento de la calidad y al buen funcionamiento de la Universidad CEU Fernando III, solo podrá intervenir, previa solicitud, en todas aquellas cuestiones que puedan incidir en los derechos y deberes de los miembros de la comunidad universitaria, siempre conforme a lo estipulado por la legislación vigente y por la normativa interna de la Universidad.
Cualquier solicitud de intervención o mediación dirigida al Defensor Universitario deberá ser presentada por el interesado o interesados, mediante un escrito motivado que especifique claramente la pretensión planteada, junto con el nombre y el domicilio del solicitante o solicitantes.
Una vez aceptada una queja o reclamación, el Defensor Universitario investigará las circunstancias que la originaron, recopilando toda la información necesaria para proponer una solución, plantear una mediación o, en caso de que no sea posible resolver el asunto, proporcionar una explicación al interesado. Durante todo el proceso de gestión de una queja o consulta, el Defensor mantendrá informado al reclamante hasta la finalización del procedimiento.
La experiencia adquirida en el análisis de problemas y en la mediación de conflictos permitirá al Defensor Universitario formular aquellas recomendaciones que estime oportunas para mejorar la calidad de la vida universitaria y de los servicios ofrecidos por la Universidad CEU Fernando III. Para ello, presentará al Excmo. Sr. Rector la Memoria correspondiente sobre la gestión realizada durante cada curso académico.
La Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en su Disposición Adicional Decimocuarta, estableció la figura del Defensor Universitario, cuyo propósito es garantizar el respeto a los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria, frente a las acciones de los diferentes órganos y servicios de la Universidad. Las actuaciones del Defensor Universitario se orientan siempre hacia la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos, basándose en los principios de independencia y autonomía. En este marco legal, la Universidad CEU Fernando III ha implementado y definido esta figura, con el objetivo de fomentar una convivencia cada vez más armoniosa en el seno de su comunidad universitaria.
El Defensor Universitario, cuya misión principal es contribuir al fortalecimiento de la calidad y al buen funcionamiento de la Universidad CEU Fernando III, solo podrá intervenir, previa solicitud, en todas aquellas cuestiones que puedan incidir en los derechos y deberes de los miembros de la comunidad universitaria, siempre conforme a lo estipulado por la legislación vigente y por la normativa interna de la Universidad.
Cualquier solicitud de intervención o mediación dirigida al Defensor Universitario deberá ser presentada por el interesado o interesados, mediante un escrito motivado que especifique claramente la pretensión planteada, junto con el nombre y el domicilio del solicitante o solicitantes.
Una vez aceptada una queja o reclamación, el Defensor Universitario investigará las circunstancias que la originaron, recopilando toda la información necesaria para proponer una solución, plantear una mediación o, en caso de que no sea posible resolver el asunto, proporcionar una explicación al interesado. Durante todo el proceso de gestión de una queja o consulta, el Defensor mantendrá informado al reclamante hasta la finalización del procedimiento.
La experiencia adquirida en el análisis de problemas y en la mediación de conflictos permitirá al Defensor Universitario formular aquellas recomendaciones que estime oportunas para mejorar la calidad de la vida universitaria y de los servicios ofrecidos por la Universidad CEU Fernando III. Para ello, presentará al Excmo. Sr. Rector la Memoria correspondiente sobre la gestión realizada durante cada curso académico.
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41930, Bormujos, Sevilla
Campus Universitario CEU Andalucía
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